Articulo 70. La contribución de Valorización de la Corporación es derecho a perseguir el inmueble gravado, para ejercitar directamente sobre el la cobranza del crédito fiscal, quien quiera que sea su propietario u ostente titulo como tal en cualquiera de sus formas. SECCION I Costo de financiación e intereses por retardo.
Decreto 2709 de 1983 →Vigente
Artículo 70
La Contribución De Valorización De La Corporación Es Derecho A Perseguir El Inmueble Gravado, Para Ejercitar Directamente Sobre El La Cobranza Del Crédito Fiscal, Quien Quiera Que Sea Su Propietario U Ostente Titulo Como Tal En Cualquiera De Sus Formas
Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.