El Tesorero de la Junta rendirá cuenta de la inversión dada a este auxilio al Contralor General de la República.
Ley 35 de 1933 →Vigente
Artículo 4
Ley 35 de 1933 · Por la cual se decretan unos auxilios y se fija su cuantía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.