Micelio

Artículo 16

Autorízase A La Dirección Nacional De Higiene Para Que Cuando Lo Crea Conveniente Pueda Permitir La Introducción, Por Paquete Postal, De Jeringas De Uso Veterinario Destiladas Exclusivamente Para, La Práctica De La Tuberculinización En- Los Ganados

Decreto 1377 de 1930 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY 118 DE 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 16. Autorízase a la Dirección Nacional de Higiene para que cuando lo crea conveniente pueda permitir la introducción, por paquete postal, de jeringas de uso veterinario destiladas exclusivamente para, la práctica de la tuberculinización en- los ganados. Esta licencia se concederá exclusivamente a los profesionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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