º . Dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de vigencia del presente decreto, las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio de Minas y Energía, realizarán los estudios geológico-mineros e iniciarán los correspondientes proyectos estratégicos, según las directrices que para el efecto señale el Ministerio de Minas y Energía.
Decreto 300 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Decreto 300 de 2008 · por el cual se adicionan unas áreas a una zona de reserva especial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.