Son funciones de la División de Orden Público:
a) Auxiliar a las autoridades competentes en la prevención e investigación delos delitos que atenten contra la existencia y la seguridad interna y externa del Estado y el régimen constitucional.
b) Velar por la seguridad personal de los ciudadanos que por razón de su posición o cargo puedan ser objeto de atentados contra su persona o sus bienes, cuando ello pueda traer consigo perturbaciones del orden público.
c) Coordinar con la División de laboratorios e Identificación, por intermedio del Secretario General lo relacionado con análisis científicos de elementos probatorios e investigaciones en los archivos criminalísticos.
d) Poner en ejecución las medidas constitucionales y legales previstas para afrontar situaciones de emergencia, en cuanto concierne a la seguridad nacional.
e) Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con capturas, allanamientos de domicilios, conservación de pruebas, y velar porque tales diligencias se cumplan dentro de las normas establecidas por la Constitución Nacional, el Código de Procedimiento Penal y demás disposiciones que rijan la materia en relación con la seguridad del Estado y la guarda del orden público.
f) Reglamentar y dirigir para todas las Seccionales, la expedición de boletas de registro, allanamiento, capturas y detenciones, de acuerdo con lo establecido por las normas legales vigentes.