Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2038 de 1996 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 809 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el inciso tercero del artículo vigesimotercero del Decreto 809 de 1994, que en consecuencia quedará así: "La medida adoptada con ocasión de la invocación de una salvaguardia provisional estará vigente hasta tanto se tome la decisión de adoptar o rechazar una salvaguardia definitiva. Para las importaciones de productos originarios de los Países Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la vigencia de la norma tendrá un plazo máximo de noventa días; para los demás países la vigencia tendrá un plazo máximo de ciento ochenta días".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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