El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, deroga todas aquellas que le sean contrarias y adiciona al Libro 2, Capitulo 2, Título 2, Parte 2, una nueva Sección -27, del Decreto 1076 de 2015.
Decreto 281 de 2021 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial, Deroga Todas Aquellas Que Le Sean Contrarias Y Adiciona Al Libro 2, Capitulo 2, Título 2, Parte 2, Una Nueva Sección -27, Del Decreto 1076 De 2015
Decreto 281 de 2021 · “Por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, con una nueva sección en lo relacionado con el establecimiento de medidas para la protección y conservación de Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras de Colombia".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.