El hospital que por esta ley se funda constará de cuatro servicios divididos en sanciones, así:
Servicio para hombres, médico y quirúrgico.
Servicio para mujeres, médico y quirúrgico
Servicio infantil, médico y quirúrgico
Servicio obstétrico y ginecológico.
El Gobierno, al reglamentar la presente Ley fijará el número de camas, a si como el personal y sueldos que sean necesarios para la marcha y buen funcionamiento del hospital.