Micelio

Artículo 2

Ley 3 de 1934 · POR LA CUAL SE PROVEE A LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOSPITAL EN SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El hospital que por esta ley se funda constará de cuatro servicios divididos en sanciones, así:

Servicio para hombres, médico y quirúrgico.

Servicio para mujeres, médico y quirúrgico

Servicio infantil, médico y quirúrgico

Servicio obstétrico y ginecológico.

Parágrafo

El Gobierno, al reglamentar la presente Ley fijará el número de camas, a si como el personal y sueldos que sean necesarios para la marcha y buen funcionamiento del hospital.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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