Micelio

Artículo 57

De Las Funciones Del Comité Nacional

Decreto 1601 de 1984 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Sanidad Portuaria y Vigilancia Epidemiológica en naves y vehículos terrestres

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las funciones del Comité Nacional . Son funciones del Comité Nacional de Sanidad Portuaria las siguientes

1.

Presentar, dentro del último trimestre de cada año, el programa de actividades básicas para el año subsiguiente;

2.

Unificar intersectorialmente los criterios relacionados con el sistema de vigilancia y control epidemiológico y fitozoosanitario, así como de aplicación de medidas preventivas para protección de la comunidad;

3.

Coordinar los diferentes sectores gubernamentales involucrados en el funcionamiento portuario; en la importación o exportación de alimentos y productos que impliquen riesgo para la comunidad, para la fauna o la flora del país; en el movimiento de vehículos y en el saneamiento en áreas portuarias y zonas circunvecinas;

4.

Estudiar y evaluar los problemas en terminales portuario con el fin de coordinar las actividades de los comités seccionales;

5.

Elaborar y actualizar periódicamente el manual único de normas y procedimientos en el cual se detallen las actividades y responsabilidades de cada una de las entidades con injerencia en el programa de sanidad portuaria;

6.

Recolectar la información de los Comités Seccionales para mantener actualizado el diagnóstico de situación de sanidad portuaria de los diferentes niveles;

7.

Revisar y proponer periódicamente la actualización sobre sanidad portuaria y aspectos conexos o complementarios;

8.

Estudiar y evaluar los informes semestrales de los Comités Seccionales;

9.

Coordinar las actividades de los organismos participantes;

10.

Elaborar un informe anual de carácter integral; y

11.

Las demás que los organismos participantes consideren necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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