Articulo 17. Vigencia y derogatoria. Este Decreto regirá a partir del 01 de Enero de 2001, previa su publicación y deroga a partir de dicha fecha todas las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 1794 de 2000 →Vigente
Artículo 17
Vigencia Y Derogatoria
Decreto 1794 de 2000 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional para el personal de soldados profesionales de las Fuerzas Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.