Micelio

Artículo 8

Decreto 1317 de 1966 · Por el cual se constituyen los Consejos de Empresa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. En caso de considerarse necesario y previa decisión de la presidencia, podrán concurrir a las sesiones, con el fin de suministrar informaciones ilustrativas, aquellas personas de la empresa que por su especial preparación y conocimiento de la materia de que se trate puedan contribuir a la mejor información del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1317 de 1966