Micelio

Artículo 16

Obligación De Requerir Previamente El Pago O Compensación, Antes De Iniciar Proceso Penal Contra Retenedores Y Responsables Del Iva

Decreto 3050 de 1997 · por el cual se reglamenta el Estatuto Tributario, la Ley 383 de 1997 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligación de requerir previamente el pago o compensación, antes de iniciar proceso penal contra retenedores y responsables del IVA . Antes de presentar la correspondiente denuncia penal por las conductas descritas en el artículo 665 del Estatuto Tributario, el funcionario competente deberá requerir al retenedor o responsable, según el caso, para que cancele, acuerde el pago, o solicite la compensación de las sumas adeudadas, dentro del mes siguiente a la notificación del requerimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3050 de 1997