ARTICULO 6o. Funciones de la División de Negocios Judiciales. La División de Negocios Judiciales cumplirá las siguientes funciones
Atender las demandas judiciales que cursan contra la Nación Ministerio de Defensa;
Recomendar las directrices institucionales en el manejo de procesos a cargo del Ministerio;
Asesorar al Ministro en todo lo relacionado con la atención de los procesos judiciales en que sea parte la Nación- Ministerio de Defensa, así como en las actuaciones prejudiciales previstas en la ley;
Promover los procesos necesarios para proteger los intereses de la Nación-Ministerio de Defensa;
Promover la capacitación y actualización en materia contencioso-administrativa.