º. Adiciónese el artículo 647 del Estatuto Tributario con el siguiente
"
Las inconsistencias en la declaración del impuesto de renta y complementarios derivadas de la información a que hace referencia el
del artículo 50 de la Ley 789 de 2003 sobre aportes a la seguridad social será sancionable a Título de inexactitud, en los términos del presente Estatuto Tributario".
"
Las inconsistencias en la declaración del impuesto de renta y complementarios derivadas de la información a que hace referencia el
del artículo 50 de la Ley 789 de 2003 sobre aportes a la seguridad social será sancionable a Título de inexactitud, en los términos del presente Estatuto Tributario".
Artículo 647 DECRETO 624 de 1989 Vigente desde: 21/01/2010 y hasta el: 20/04/2010