Micelio

Artículo 216

Para Considerar Como Mayor O Menor Un Proceso, Se Tendrá En Cuenta El Máximo De La Pena Señalada En La Respectiva Disposición Penal Para El Hecho Que Se Investiga

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para considerar como mayor o menor un proceso, se tendrá en cuenta el máximo de la pena señalada en la respectiva disposición penal para el hecho que se investiga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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