Artículo único. Abrese al Ministerio de Instrucción pública el seguiente crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1891 y 1892: CAPÍTULO 64. Universidad Nacional. Escuela de Literatura y Filosofía. Art 303. (nuevo) Para auxiliar al Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario con la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000), destinada á cubrir el déficit á que ascienden en el presente año los gastos generales del Establecimiento $ 4,000 Dado un Bogotá, á 30 de Noviembre de 1891. CARLOS HOLGUÍN. El Ministro de Instrucción pública, JOSÉ I. TRUJILLO.
Decreto 1047 de 1891 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1047 de 1891 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos del Ministerio de Instrucción pública, de la vigencia económica de 1891 y 1892
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.