Micelio

Artículo 1

Los Empleados Públicos Que Prestan Sus Servicios En El Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo, Fonade , Tendrán Derecho A Un Auxilió De Alimentación En Cuantía De $125

Decreto 274 de 1983 · Por el cual se fija un auxilio de alimentación a los empleados públicos que prestan sus servicios al Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º Los empleados públicos que prestan sus servicios en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade , tendrán derecho a un auxilió de alimentación en cuantía de $125.00 diarios, que se pagará por cada día hábil laborado, a excepción de los funcionarios de los niveles Directivo y Asesor. No tendrá derecho a este auxilio el personal que disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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