En todos los casos de esta Ley al acusado ó acusados se les comunicarán las pruebas que obren en su contra, á fin de que puedan redarguirlas dentro del término indispensable para practicar las diligencias justificativas que sean conducentes, y en los casos de Consejos de Guerra, que deben ser siempre de Oficiales Generales, se les permitirá nombrar defensores y voceros, aunque estos no ejerzan cargos militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.