Son reservistas de 1ª clase en sus especialidades, y después de un año de servicio, los siguientes:
Los individuos del personal técnico y especializado de la aviación militar:
Los grumetes, clases y marinería de la Armada Nacional;
los alumnos de los cursos de armeros del Ejército que hayan aprobado sus estudios;
) Los individuos de las bandas militares de músicos, y
Los colombianos que a juicio del Estado Mayor General y de acuerdo con la reglamentación que se expida, sean idóneos para servicios técnicos especiales en caso de guerra.