Art. 13. El Archivero diplomático y consular estará a órdenes del Oficial Mayor, como auxiliar de la Sección 1. " Sus funciones serán las siguientes: 1. a La clasificación y conservación de los documentos del Archivo, para lo cual él es inmediato responsable por la pérdida é extravío de cualquiera de ellos ; 2. a La formación anual del índice del Archivo por orden alfabético de negociados. Estos índices se llevarán en un libro, en el cual se harán, a su tiempo, las anotaciones que el inventario del año siguiente haga necesarias; 3. a La preparación de materiales para continuar la publicación de los Anales diplomáticos de Colombia, cuando el Poder Ejecutivo tenga a bien disponerlo ; 4. a Todo lo relativo al canje o ratificación de Tratados públicos; 5. a Llevar un libro en el cual consten aquellas resoluciones de 1a Secretaría, relativas a la inteligencia que haya dado a las cláusulas de los Tratados públicos en vigor o, a los principios del Derecho de Gentes con especificación de las contestaciones a que cada resolución haya dado lugar y del resultado definitivo que ella alcanzare; 6. a La formación de cuadros anuales de los empleados diplomáticos y consulares de la República en el exterior, y de los de Gobiernos extranjeros en el territorio de la Unión; 7. a El Libro de negociaciones, en el cual constarán las que celebre la Secretaría, bien con el Secretario de Relaciones Exteriores en su calidad de tal, o bien en su carácter de Plenipotenciario de Colombia en un caso dado. Cuando las negociaciones se conduzcan por escrito, en este libro se consignarán, las razones fundamentales que se alegaron de una y otra parte; y 8. a Las demás que le correspondan en virtud de las atribuciones especiales que tiene á su cargo.
Decreto 38 de 1883 →Vigente
Artículo 13
Decreto 38 de 1883 · Que organiza el servicio de la Secretaría de Relaciones Exteriores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.