La entidad u organismo público o privado, que sin la debida autorización por parte de la Policía Nacional, emplee los elementos o características de color, imagen, marca o identidad iguales o similares a las de la Policía Nacional, será sujeto de las acciones administrativas, disciplinarias o penales a que haya lugar.
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada regulará la transición del uso de los uniformes o elementos para los servicios de vigilancia y seguridad privada del país, para lo cual otorgará un término de tres (3) años, para que ajusten los respectivos diseños, a fin que se diferencien de los de la Policía Nacional.