º Continuarán ejerciendo los cargos de Cajero Administrador y Jefe de trabajos, los señora José María Amaya A. y Elias Lugo, con las mismas asignaciones que tenían. El Cajero Administrador desempeñará el cargo con el mismo aseguro definitivo que había prestado, y no devengará sino la mitad del sueldo a partir de la sus pensión de los trabajos hasta la expedición del presente Decreto; en adelante, gozará de la asignación que se le había fijado. Publíquese y comuníquese.
Decreto 975 de 1922 →Vigente
Artículo 3
Continuarán Ejerciendo Los Cargos De Cajero Administrador Y Jefe De Trabajos, Los Señora José María Amaya A
Decreto 975 de 1922 · Por el cual se restablecen los trabajos en la Carretera Central del Norte, en la Sección de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.