Decreto 2838 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 616 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . Salud del manipulador . Todo manipulador o comercializador de leche cruda y de leche cruda enfriada deberá
a)
Poseer un certificado médico que reconozca su aptitud para manipular la leche, el cual tendrá vigencia por un año;
b)
Mantener la higiene personal y los buenos hábitos higiénicos;
c)
Estar libre de lesiones en la piel y síntomas de afecciones respiratorias.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.