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Artículo 19

Funciones De La Dirección De Formación

Decreto 19 de 2026 · por el cual se establece la estructura interna de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Formación . Son funciones de la Dirección de Formación, las siguientes

1.

Diseñar y liderar la estrategia institucional de formación orientada al fortalecimiento de capacidades en prevención y protección, alineada con los objetivos misionales de la Entidad.

2.

Identificar brechas de conocimientos, habilidades y competencias en las áreas misionales, con base en los perfiles de cargo, evaluaciones de desempeño y requerimientos institucionales.

3.

Planificar y desarrollar programas formativos especializados en prevención del riesgo, protección integral, seguridad y derechos humanos, incorporando enfoques diferenciales.

4.

Administrar el portafolio de programas académicos, garantizando la pertinencia de contenidos, la calidad pedagógica y la innovación metodológica, de la dependencia.

5.

Coordinar los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano orientados a la profesionalización del personal de protección, garantizando su pertinencia y calidad.

6.

Articular con las demás dependencias la identificación de necesidades y la actualización de contenidos formativos, asegurando la pertinencia respecto a los programas de prevención y protección.

7.

Establecer alianzas con instituciones académicas, entidades públicas y organismos de cooperación para fortalecer la oferta formativa en prevención y protección.

8.

Diseñar e implementar los mecanismos de evaluación y certificación de competencias, midiendo la aplicación de los aprendizajes en el desempeño institucional.

9.

Incorporar la retroalimentación de los participantes y las lecciones aprendidas para la mejora continua del modelo formativo.

10.

Promover, a través de procesos formativos, una cultura institucional basada en la ética, los derechos humanos y la protección de la vida.

11.

Promover espacios de investigación aplicada que aporten insumos para la mejora continua de los contenidos y metodologías formativas, garantizando su adecuada ejecución y la toma de decisiones institucionales.

12.

Gestionar de forma eficiente los recursos asignados a la dependencia, incluyendo plataformas tecnológicas, talento humano, presupuesto y materiales pedagógicos.

13.

Contribuir a la sostenibilidad de los servicios de prevención y protección mediante el fortalecimiento continuo de las competencias técnicas y humanas del personal.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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