Micelio

Artículo 1

Aprobar El Acuerdo Número 012 De Julio 27 De 1998, Expedido Por El Consejo Directivo Del Colegio Mayor Del Cauca, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 012 De 1998 (Julio 27) Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Del Colegio Mayor Del Cauca Y Se Determina El Número De Trabajadores Oficiales

Decreto 2184 de 1998 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 012 de 1998, que establece la Planta de Personal Administrativa del Colegio Mayor del Cauca y determina el número de trabajadores oficiales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aprobar el Acuerdo número 012 de julio 27 de 1998, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 012 DE 1998 (julio 27) por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Colegio Mayor del Cauca y se determina el número de trabajadores oficiales. El Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere el literal q) el artículo 14 del Acuerdo 021 de 1994, ACUERDA: Artículo 1°. Las funciones administrativas de las distintas dependencias del Colegio Mayor del Cauca, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativa que a continuación se establece: Número de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado DEPENDENCIA RECTORIA 1 (uno) Rector de Institución Universitaria 0052 11 PLANTA GLOBALIZADA 1 (uno) Vicerrector de Institución Universitaria 0065 05 3 (tres) Decano de Institución Universitaria 0160 02 1 (uno) Secretario General de Institución Universitaria 0185 02 6 (seis) Profesional Universitario 3020 13 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 16 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 13 6 (seis) Auxiliar Administrativo 5120 14 4 (cuatro) Auxiliar Administrativo 5120 10 7 (siete) Celador 5320 09 Artículo 2°. Fíjese en seis (6) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor del Cauca. Artículo 3°. El Rector mediante resolución hará la distribución de los anteriores cargos de acuerdo a la Estructura Interna, las necesidades del servicio y la naturaleza de la institución. Artículo 4°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo 009 del 27 de abril de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias. Anótese y cúmplase. Expedido en Popayán, en el Salón de sesiones del Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, a los 27 días del mes de julio de 1998. (Fdo.) Julián Iragorri Cajiao, El Presidente Consejo Directivo. (Fdo.) María Cecilia Vivas de Velasco, La Secretaria Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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