°. Estructura . El Instituto Nacional de Vías Regionales (Invir), tendrá la siguiente estructura: 7.1. Consejo Directivo 7.2. Despacho del Director General 7.2.1. Oficina de Planeación 7.2.2. Oficina de Tecnología y Sistemas de Información 7.2.3. Dirección Jurídica 7.2.4. Oficina de Comunicaciones y Relacionamiento con Grupos de Valor 7.2.5. Oficina de Control Interno 7.2.6. Oficina de Control Interno Disciplinario 7.2.7. Oficina de Inspección de Cumplimiento 7.3. Subdirección General 7.3.1. Dirección de Planificación y Estructuración 7.3.1.1. Subdirección de Sostenibilidad y Riesgos 7.3.1.2. Subdirección de Planificación de Proyectos 7.3.1.3. Subdirección de Estructuración de Proyectos 7.3.2. Dirección de Contratación de Infraestructura 7.3.2.1. Subdirección de Proceso Precontractual 7.3.2.2. Subdirección de Proceso Contractual 7.3.3. Dirección de Ejecución de Infraestructura 7.3.3.1. Subdirección Operativa 7.3.3.2. Subdirección de Seguimiento y Control de Proyectos 7.4. Direcciones Territoriales 7.5. Secretaría General 7.5.1. Subdirección de Talento Humano 7.5.2. Subdirección Financiera 7.5.3. Subdirección Administrativa
Decreto 1961 de 2023 →Vigente
Artículo 7
Estructura
Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.