Micelio

Artículo 41

Funciones De Las Direcciones Y De Las Administraciones Aeroportuarias

Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de las Direcciones y de las Administraciones Aeroportuarias. Conforme a las políticas e instrucciones del Director General y del Secretario Aeroportuario, son funciones de las Direcciones y Administraciones Aeroportuarias, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

1.

Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades del aeropuerto a su cargo, para garantizar la eficiencia de los servicios aeroportuarios a cargo de la Aerocivil.

2.

Administrar los recursos humanos, financieros y técnicos que se le asignen para su gestión.

3.

Velar por la seguridad aeroportuaria del aeropuerto a su cargo.

4.

Garantizar el adecuado mantenimiento y desarrollo de la infraestructura física y técnica del aeropuerto y planear su desarrollo futuro.

5.

Ordenar los pagos, celebrar contratos y demás actuaciones administrativas de acuerdo con las directrices del nivel central de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, conforme a las delegaciones y a las normas legales.

6.

Elaborar el plan de actividades, de acuerdo con las políticas señaladas por la Dirección y el plan estratégico.

7.

De acuerdo con la política general de la Unidad, establecer el control interno local.

8.

Asesorarse del Comité Regional Aeroportuario, presentarle los planes e informes y responder a sus inquietudes.

9.

Rendir informes de gestión ante el Secretario Aeroportuario y sus Direcciones.

10.

Las demás que le sean asignadas o delegadas por el Director General o el Secretario Aeroportuario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2724 de 1993