Contratos de prestación de servicios . La Unidad podrá vincular, mediante contratos de prestación de servicios, las personas que requiera para la ejecución de trabajos que exijan conocimientos especializados o una determinada condición personal. Tales contratos no configuran una relación laboral, y serán celebrados a través de la entidad fiduciaria correspondiente, previa solicitud formulada por el Director.
Decreto 28 de 1995 →Vigente
Artículo 17
Decreto 28 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 143 de 1994, en lo concerniente a la organización y el funcionamiento de la Unidad de Planeación Minero-Energética.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.