Micelio

Artículo 83

Llámase Transporte Ocasional Aquel Que Se Presta En Vehículos De Servicio Público Sin Sujeción A Rutas Y Horarios Y Por El Precio Que Determinen Las Partes

Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Llámase transporte ocasional aquel que se presta en vehículos de servicio público sin sujeción a rutas y horarios y por el precio que determinen las partes. Los despachos ocasionales serán autorizados por el funcionario competente de transporte del lugar de donde haya de hacerse tal despacho. CAPITULO IV. De las tarifas

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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