Artículo sexto. En virtud del artículo 22 del Decreto 977 de 1968,' y literal b) del artículo 37 del Decreto 2974 de 1968, el Jefe de la Sección de Cámaras de Comercio de la Superintendencia de Industria y Comercio presidirá estas elecciones y resolverá los conflictos que puedan presentarse, en concordancia con el artículo 7° de la Ley 28 de 1931.
Decreto 1216 de 1969 →Vigente
Artículo 6
Del Decreto 977 De 1968,' Y Literal B) Del Artículo 37 Del Decreto 2974 De 1968, El Jefe De La Sección De Cámaras De Comercio De La Superintendencia De Industria Y Comercio Presidirá Estas Elecciones Y Resolverá Los Conflictos Que Puedan Presentarse, En Concordancia Con El Artículo 7° De La Ley 28 De 1931
Decreto 1216 de 1969 · por el cual se crea la Cámara de Comercio de Duitama en el Departamento de Boyacá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.