º . Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes
Asesorar al Ministro y a las demás dependencias de la entidad en la interpretación de las normas constitucionales y legales y en los asuntos jurídicos de la entidad.
Representar jurídicamente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder que le otorgue el Ministro y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.
Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer a la entidad, que sean sometidos a su consideración.
Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del ministerio.
Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.
Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y doctrina, relacionadas con la actividad de la Institución y velar por su actualización y difusión.
Coordinar las respuestas, con la Dirección competente, a los cuestionarios que sobre citaciones realice al Ministro el Congreso de la República.
Coordinar, asesorar y evaluar el desarrollo de los asuntos jurídicos de las entidades adscritas y vinculadas, con el fin de que exista una política y criterios jurídicos unificados en el sector.
Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.