°. Para efectos del período de transición de que trata el artículo 16 de la Ley 1111 de 2006, dicha norma y los decretos que la reglamenten, incluyendo este, se aplicarán a las ventas efectuadas a partir del primero (1°) de julio del año 2007.
Decreto 1697 de 2007 →Vigente
Artículo 6
Para Efectos Del Período De Transición De Que Trata El Artículo 16 De La Ley 1111 De 2006, Dicha Norma Y Los Decretos Que La Reglamenten, Incluyendo Este, Se Aplicarán A Las Ventas Efectuadas A Partir Del Primero (1°) De Julio Del Año 2007
Decreto 1697 de 2007 · por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 1111 de 2006 y se establecen otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.