Micelio

Artículo 229

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INFIDELIDAD A LOS DEBERES PROFESIONALES. El que en asunto judicial o administrativo, en desempeño de mandato, por cualquier medio fraudulento perjudique la gestión que se le hubiere confiado o en un mismo asunto defienda las partes que tienen intereses contrarios o incompatibles, incurrirá en prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años. Si la conducta se realiza en asunto penal, la pena imponible se aumentará hasta en una tercera parte. CAPITULO IV DEL ENCUBRIMIENTO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2550 de 1988