Micelio

Artículo 2

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Decreto 887 de 1979 · Por el cual se imparte la aprobación a la reforma introducida por la junta Directiva de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia al Estatuto Orgánico de la Empresa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase. Dado en Bucaramanga, a 20 de abril de 1979. JULIO CESAR TURBAY AYALA El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Enrique Vargas Ramírez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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