Micelio

Artículo 27

Destinaciones

Decreto 609 de 1977 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinaciones. Es el acto de la autoridad competente por el cual se asigna a una unidad o dependencia de Policía a un agente. Traslados. Es el acto de autoridad policial competente, por el cual se asigna a una unidad o de dependencia policial a un Agente, con el fin de que preste servicios en ella, u ocupe un cargo o empleo dentro de la organización. Comisiones. Es el acto de autoridad policial competente por el cual se asigna a un Agente a una unidad o repartición de policía o civil con carácter transitorio para el desempeño de funciones dentro de ellas. Licencias. Es el acto de autoridad policial competente efectuado a solicitud de parte, por el cual el Agente de la Policía suspende transitoriamente sus funciones dentro de la organización a que pertenece en las condiciones señaladas en este estatuto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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