Micelio

Artículo 25

Decreto 262 de 1994 · por el cual se modifican las normas de carrera del personal de agentes de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Empleo del personal suspendido. Los agentes de la Policía Nacional que sean suspendidos en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, previo permiso concedido por el juez competente, podrán ser empleados por los respectivos subdirectores, comandantes, directores de escuela o jefes de unidades policiales, en labores auxiliares de carácter técnico o administrativo, dentro de la respectiva instalación, siempre que éstas no impliquen vigilancia o manejo de bienes o dineros. CAPITULO II Del retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 262 de 1994