Micelio

Artículo 46

El Ministerio De Relaciones Exteriores Hará Imprimir En Papel De Seguridad Y De Acuerdo Con Determinados Modelos Que Establecerá Para El Efecto, Los Correspondientes Esqueletos O Libretas Para Los Pasaportes Diplomáticos, Oficiales Y Ordinarios De Que Trata El Presente Decreto

Decreto 798 de 1941 · sobre pasaportes colombianos

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Relaciones Exteriores hará imprimir en papel de seguridad y de acuerdo con determinados modelos que establecerá para el efecto, los correspondientes esqueletos o libretas para los pasaportes diplomáticos, oficiales y ordinarios de que trata el presente Decreto. Los formularios tendrán numeración continua y de su distribución se llevará control especial en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Igualmente se llevará un registro especial de pasaportes diplomáticos y oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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