º Para obtener la calidad de Inspector de Cine, en localidades de más de 50.000 habitantes, se requiere acreditar el cumplimiento de cualquiera de los siguientes requisitos
Poseer título profesional de una universidad debidamente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional;
Ser estudiante de Comunicación Social en universidad o instituto legalmente reconocido por el Ministerio de Educación Nacional;
Ser integrante de cineclubes o cinematecas registradas en el Ministerio de Comunicaciones;
Ser funcionario del Ministerio de Comunicaciones o de la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE;
Ser funcionario de la Administración Postal Nacional, ADPOSTAL, o de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, TELECOM, en ciudades diferentes de Bogotá.
Para el nombramiento de los funcionarios a que se refiere el literal e) del presente artículo, el Ministerio de Comunicaciones designará a aquellos que desempeñen sus funciones en ciudades distintas de Bogotá.