Son funciones de la Sección de Cobranzas
Abrir y llevar hasta su terminación los procesos de jurisdicción coactiva de los diferentes impuestos exigibles de competencia de la Dirección General en el territorio de su jurisdicción, y en los de otras administraciones cuando haya sido comisionado;
Adelantar las diligencias necesarias para que los contribuyentes morosos paguen voluntariamente los diferentes impuestos de competencia de la Dirección General, sin perjuicio de la iniciación del juicio de jurisdicción coactiva;
Promover el recaudo de la cartera morosa en las Recaudaciones de Impuestos Nacionales de su jurisdicción;
Cumplir con los programas, manuales, reglamentos e instrucciones emanados de la Dirección General;
Realizar las actuaciones necesarias para que la depuración y actualización de las cuentas de cartera morosa se efectúen, manualmente o a través del servicio de Procesamiento Automático de Datos;
Según comisión del Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales de la Dirección General de Tesorería, cobrar en el territorio de su jurisdicción deudas diferentes a las originadas en los impuestos de competencia de la Dirección General de Impuestos Nacionales.