°. Fondos Mixtos Municipales . El Ministerio de Cultura podrá participar en la creación de fondos mixtos municipales, en los siguientes casos
Que el fondo se constituya en un municipio que tenga más de quinientos mil (500.000) habitantes.
Que la solicitud, que debe presentar el alcalde esté acompañada de un estudio de factibilidad financiera.
Que exista la manifestación y el compromiso expreso de personas naturales y jurídicas, públicas y privadas interesadas en participar en la creación del fondo y aportar al mismo.
Que se ajusten a las disposiciones contenidas en el presente decreto.