°. Todo certificado expedido a petición de parte interesada por cualquier empleado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, causará un derecho de cincuenta centavis (sic) ($0-50) en moneda legal, a favor del empleado que lo expida, cuando sólo haya necesidad de revisar que los libros o archivo del año anterior.
Decreto 1378 de 1925 →Vigente
Artículo 1
Todo Certificado Expedido A Petición De Parte Interesada Por Cualquier Empleado Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Causará Un Derecho De Cincuenta Centavis (Sic) ($0-50) En Moneda Legal, A Favor Del Empleado Que Lo Expida, Cuando Sólo Haya Necesidad De Revisar Que Los Libros O Archivo Del Año Anterior
Decreto 1378 de 1925 · Por el cual se reglamenta la expedición de certificados y copias por los empleados dependientes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.