Artículo único. Créase el cargo de Ingeniero Visitador de Obras de Arte de la Sección de Diseños, Presupuestos y Normas, del Departamento de Carreteras Nacionales, con una asignación mensual de novecientos cincuenta pesos ($ 950.00), que se cubrirá con la partida destinada en el Presupuesto vigente, para gastos de estudios y proyectos de carreteras nacionales. Comuníquese y publíquese.
Decreto 448 de 1953 →Vigente
Artículo 1
Decreto 448 de 1953 · Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.