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Artículo 16

Tanto En La Clase Civil Como En La Militar, La Orden De Boyacá Tendrá Seis Grados, A Saber: Gran Cruz Extraordinaria

Decreto 2396 de 1954 · Por el cual se codifican y reforman los estatutos de la Orden de Boyacá

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tanto en la clase civil como en la militar, la Orden de Boyacá tendrá seis grados, a saber: Gran Cruz Extraordinaria. Gran Cruz. Gran Oficial. Cruz de Plata. Comendador. Oficial, y Caballero.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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