Micelio

Artículo 2.4.1.2.13

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Implementación de la estrategia de prevención a nivel territorial. En cada entidad territorial se integrará una mesa territorial de prevención con el objeto de coordinar las acciones de implementación de la estrategia de prevención, en el marco de sus competencias con las siguientes atribuciones:

1.

Realizar un proceso de identificación de riesgos permanente.

2.

Proyectar Escenarios de Riesgo.

3.

Formular planes de prevención y contingencia frente a los escenarios de riesgo identificados.

4.

Velar por la implementación de las estrategias y acciones incorporadas en los planes de prevención y de protección, por parte de las entidades responsables.

5.

Hacer seguimiento a la implementación de los mencionados planes y realizar los ajustes a los mismos cuando las condiciones así lo requieran.

6.

Generar espacios de trabajo entre las autoridades y las comunidades en aras de mejorar los procesos de gestión del riesgo.

Parágrafo

Las Mesas Territoriales serán coordinadas por la autoridad de gobierno departamental, distrital o municipal correspondiente y en ellas participarán las demás entidades y dependencias del Estado con competencia en esta materia.

(Decreto 4912 de 2011, artículo 13)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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