Micelio

Artículo 5

Este Decreto Rige Desde El Primero De Julio Del Año En Curso, Y Será Consultado Con El Gobierno Nacional

Decreto 2103 de 1954 · Por el cual se aprueba el Decreto número 452 de 13 de junio del presente año, expedido por la Gobernación del Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este Decreto rige desde el primero de julio del año en curso, y será consultado con el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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