Artículo primero . Autorízase para el presente año a las Universidades oficialmente reconocidas del sector centro-oriental para que, por medio de los Consejos o entidades directivas de sus Facultades o escuelas, sin exceder los cupos establecidos y respetando los derechos de los aspirantes del año militar matriculados oportunamente, y de quienes estén autorizados para repetir, admitan a primer año de carrera a los estudiantes que obtuvieron un mínimo de cincuenta puntos inclusive, en los concursos de admisión.
Decreto 292 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 292 de 1955 · Por el cual se modifica el Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.