Micelio

Artículo 5

Decreto 2040 de 1943 · Por el cual se reglamenta la protección a los niños sanos hijos de leprosos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto Lo niños mayores de seis años, si sus padres o representantes legales tuvieren medios de vida suficientes y no quisieren que continúen en los establecimientos especiales que el gobierno destine para su educación, podrán ser puestos bajo su guarda sin derecho a subvención ninguna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2040 de 1943