Micelio

Artículo 1

º Los Recursos Que Se Gestionen Con Cargo Al Decreto Número 817 Del 20 De Marzo De 1985 Se Destinarán A Proveer Las Divisas Necesarias Para Financiar Importaciones De Insumos Y Materias Primas Industriales Y Agropecuarias Requeridas Por Los Exportadores Para La Elaboración De Productos Destinados A La Exportación

Decreto 1430 de 1985 · Por el cual se amplía el decreto número 817 del 20 de marzo de 1985

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los recursos que se gestionen con cargo al Decreto número 817 del 20 de marzo de 1985 se destinarán a proveer las divisas necesarias para financiar importaciones de insumos y materias primas industriales y agropecuarias requeridas por los exportadores para la elaboración de productos destinados a la exportación. Para la administración y manejo de los recursos del crédito, el Gobierno Nacional podrá abrir cuentas en moneda extranjera o adquirir títulos representativos de la misma, previo el cumplimiento de los requisitos a que hubiere lugar. En caso de venta de divisas, su producto se incorporará al presupuesto nacional para la financiación de programas y proyectos prioritarios de inversión pública.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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