Con el fin de garantizar el efectivo control, recaudo y determinación del impuesto a las ventas, podrán celebrarse con cargo al presupuesto del Fondo de Divulgación Tributaría de la Dirección General de impuestos Nacionales o al del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las contrataciones necesarias para el montaje, implementación y ejecución de dicho impuesto.
Decreto 3541 de 1983 →Vigente
Artículo 89
Decreto 3541 de 1983 · Por el cual se introducen modificaciones al régimen del impuesto sobre las ventas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.