º. Funciones del Consejo. Son funciones del Consejo Directivo de Comercio Exterior
Formular la política general del Instituto y los planes y programas que deba desarrollar;
Aprobar el presupuesto anual del Instituto;
Adoptar los estatutos del organismo y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno;
Autorizar o aprobar. todo acto o contrato cuya cuantía exceda de un millón de pesos ($ 1.000.000.00);
Determinar la organización del Instituto, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia;
Controlar el funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la política adoptada;
Integrar comités con representantes del sector privado encargados de asesorar al Director en la coordinación de las labores del Instituto con dicho sector;
Determinar los requisitos que deban cumplirse para el trámite de las exportaciones e importaciones, especialmente en lo relacionado con el señalamiento de vistos buenos previos que para efectos de dichos trámites sea conveniente exigir;
Las que le asignan a la Junta de Comercio Exterior, los Decretos 444 y 688 de 1967 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.